27.12.2006
Economía y Negocios, El Mercurio
T. BUSCH, E. OLIVARES y N. KELLER
1- Automóviles de lujo, exportaciones agrícolas y softwares sufrirán rebajas arancelarias. En tanto, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que se esperaba bajara, se mantendrá en 19% a contar del 1 de enero de 2007.
Fin del impuesto al lujo. Tributo que afectaba a los vehículos importados con una tasa arancelaria de 85% sobre una base establecida hace cuatro años, llegará a su fin a contar del inicio de 2007.
Esta rebaja arancelaria no tendrá grandes consecuencias en términos de ventas o variación de precio de los automóviles de lujo, ya que, dicen fuentes de la plaza, hoy casi no afecta.
A juicio de Iván Silva, vicepresidente ejecutivo de la Asociación Nacional Automotriz de Chile (ANAC), este tributo afectaba a cerca del 1,2% de las importaciones de automóviles, cuyo valor superaba los $25 millones.
2- Parten rebajas arancelarias. En materia de comercio exterior, al entrar en vigencia el cuarto año del Tratado de Libre Comercio (TLC) con EE.UU, Andrés Rebolledo, director general (S) de la Direcon señala que 154 productos -que representan unos US$ 25 millones en comercio - alcanzarán un arancel cero, completando así una reducción tributaria que se ha desarrollado progresivamente desde 2003. Clementinas, salmones preparados y conservas son algunos de los favorecidos.
De esta forma, el 98% de los productos que se exportan hacia Estados Unidos quedará libre de pagar arancel.
En tanto, el 1 de febrero se cumple el cuarto aniversario de la entrada en vigencia del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea, pero será este lunes cuando 330 productos dejen de estar afectos al pago de impuestos. Entre ellos, se cuentan los vinos, el salmón en trozos, algunas hortalizas, uvas y ciertas conservas, que representan cerca del 10% del comercio bilateral, quedando el 96% de las exportaciones con arancel cero.
Con China, en tanto, si bien son casi dos mil los productos que quedarán libre de impuestos, el impacto será muy marginal, dice Rebolledo, ya que sólo representa US$ 500 mil. Pese a que este TLC empezó a regir en octubre pasado, una disposición del acuerdo define su cronograma de reducción arancelaria según año calendario, por lo que el 1 de enero marca una nueva etapa de liberalización.
Como resultado de todas estas rebajas, el arancel efectivo de las importaciones chilenas llegaría a 1,5% en 2007, muy lejos del 6% que rige como impuesto general para el resto de las mercancías.
3- Rebaja impuesto al software. Aprobada en ambas cámaras y lista para su promulgación y publicación en el diario oficial se encuentra la ley de reducción de impuesto al software, la cual rebaja y uniforma el impuesto de importación al software, asesorías tecnológicas y patentes desde el 30% al 15%.
Así, se espera que la rebaja entre en vigencia el primero de enero de 2007.
El actual sistema de impuestos difería entre software, patentes y asesorías técnicas e imponía una tributación diferenciada dependiendo tanto del país de ingreso de los productos como del destino específico de los recursos generados por el tributo.
Es así como el porcentaje del impuesto dependía si un software estandarizado o es desarrollado, ad hoc para una empresas, o si, además, involucra servicios de consultoría e ingeniería. Algunas de esas tasas estaban entre 20 y 30%. Si bien el sector tecnológico recibe con buenos ojos la medida, también exige una eliminación total del impuesto.
4- Pero el IVA se queda en 19%. El gobierno de Ricardo Lagos subió transitoriamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en 2003 de 18% a 19% para financiar el Plan AUGE. Esto, ante la escasez de recursos que significarían los tratados de libre comercio por la menor recaudación por concepto de aranceles.
Dado que el flujo de exportaciones y nuevos negocios permitirían recuperar lo perdido en aranceles en un período de tres años, la idea original del gobierno era retornar al IVA de 18% a partir del 1 de enero de 2007. Pero no.
Apenas iniciada la administración de Michelle Bachelet, el Ejecutivo envió un proyecto de ley para establecer como permanente el 19% del IVA, con el argumento de que con esos fondos podría financiarse el reajuste a las pensiones más bajas. Por lo tanto, en vez de volver al 18% original, el 1 de enero marcará el inicio indefinido de un IVA en una tasa del 19%.
5- Cae impuesto de timbres y estampillas. El Impuesto de Timbres y Estampillas, que se aplica a todo tipo de créditos, comenzará a reducirse paulatinamente desde el próximo lunes. La tasa actual de este gravamen es de 1,608%, y desde el 1 de enero bajará a 1,5%. En 2008, en tanto, se reducirá a 1,35% y, a contar de 2009, quedará en 1,2%.
Desde el 1 de diciembre pasado se exime del pago de este impuesto a las operaciones de refinanciamiento de dichos créditos, beneficiando especialmente a las pymes.
martes, 9 de enero de 2007
Emprendedores no tienen beneficios tributarios potentes
15.11.2006
Economía y Negocios, El Mercurio
Patricia Rey, María Paz Rudnick
Aunque el desarrollo de los emprendedores en Chile pareciera ser una prioridad del Gobierno y del sector privado, en materia de impuestos siguen sin contar con incentivos que los ayuden a dar el salto definitivo.
La primera reforma al mercado de capitales contempla beneficios para empresas emergentes con capital de riesgo, las que durante un período de 4 o 5 años tienen la seguridad de que la ganancia de capital en la venta de las acciones no va a tributar.
"Son tan complejos y tienen tantas dificultades, que son poco efectivos para los emprendedores medianos y chicos", comenta el abogado Franco Brzovic.
Existe un régimen tributario especial para medianos agricultores, mineros y transportistas, a quienes se les calcula una renta presunta constante -aunque ganen más dinero- sobre la base de los bienes que poseen, y sobre esto pagan impuestos, pero tienen restricciones a las ventas y no pueden usar el Rut para actividades de renta efectiva.
La falta de estímulos es confirmada por las incubadoras, quienes aseguran que no hay exenciones en materia de impuestos cuando inician o están en etapa de consolidación. "Son consideradas pymes al igual que el resto", asegura Cristián Navarrete, jefe de incubación de Santiago Innova.
Tampoco hay exenciones tributarias para inversionistas ángeles, que son quienes apoyan a los emprendedores que carecen de capital, aduce la gerente de incubación de Ventana UC, Carolina Salinas.
Ciertas áreas geográficas cuentan con programas tributarios excepcionales. Los planes Arica y Austral contemplan la devolución del 30% del Impuesto de Primera Categoría de la inversión en activos fijos.
Sin embargo, para acceder a estos beneficios, el proyecto debe tener un valor mínimo de US$ 100.000 en el caso de Arica, y de US$ 50.000 para Aisén, Magallanes y la provincia de Palena, en la Región de los Lagos.
Incubando soluciones
El "Grupo de los 20" propuso que las pymes que comienzan a ganar dinero no paguen impuestos y utilicen las ganancias para invertir en su propio negocio, y una vez que se consolidan, empiecen a pagar los impuestos correspondientes.
El Plan Chile Compite también ofrece alternativas de exención tributaria, como la eliminación del impuesto de Timbres y Estampillas, que eleva los costos de los emprendedores, o la reducción gradual de la tasa que grava las nuevas operaciones de crédito.
Economía y Negocios, El Mercurio
Patricia Rey, María Paz Rudnick
Aunque el desarrollo de los emprendedores en Chile pareciera ser una prioridad del Gobierno y del sector privado, en materia de impuestos siguen sin contar con incentivos que los ayuden a dar el salto definitivo.
La primera reforma al mercado de capitales contempla beneficios para empresas emergentes con capital de riesgo, las que durante un período de 4 o 5 años tienen la seguridad de que la ganancia de capital en la venta de las acciones no va a tributar.
"Son tan complejos y tienen tantas dificultades, que son poco efectivos para los emprendedores medianos y chicos", comenta el abogado Franco Brzovic.
Existe un régimen tributario especial para medianos agricultores, mineros y transportistas, a quienes se les calcula una renta presunta constante -aunque ganen más dinero- sobre la base de los bienes que poseen, y sobre esto pagan impuestos, pero tienen restricciones a las ventas y no pueden usar el Rut para actividades de renta efectiva.
La falta de estímulos es confirmada por las incubadoras, quienes aseguran que no hay exenciones en materia de impuestos cuando inician o están en etapa de consolidación. "Son consideradas pymes al igual que el resto", asegura Cristián Navarrete, jefe de incubación de Santiago Innova.
Tampoco hay exenciones tributarias para inversionistas ángeles, que son quienes apoyan a los emprendedores que carecen de capital, aduce la gerente de incubación de Ventana UC, Carolina Salinas.
Ciertas áreas geográficas cuentan con programas tributarios excepcionales. Los planes Arica y Austral contemplan la devolución del 30% del Impuesto de Primera Categoría de la inversión en activos fijos.
Sin embargo, para acceder a estos beneficios, el proyecto debe tener un valor mínimo de US$ 100.000 en el caso de Arica, y de US$ 50.000 para Aisén, Magallanes y la provincia de Palena, en la Región de los Lagos.
Incubando soluciones
El "Grupo de los 20" propuso que las pymes que comienzan a ganar dinero no paguen impuestos y utilicen las ganancias para invertir en su propio negocio, y una vez que se consolidan, empiecen a pagar los impuestos correspondientes.
El Plan Chile Compite también ofrece alternativas de exención tributaria, como la eliminación del impuesto de Timbres y Estampillas, que eleva los costos de los emprendedores, o la reducción gradual de la tasa que grava las nuevas operaciones de crédito.
Declaración y pago de IVA
12.10.2006
Economía y Negocios Online
¿Quiénes pueden ser facturadores electrónicos?
Todo contribuyente que de cumplimiento a los siguientes requisitos:
Tributarios:
Poseer inicio de actividades vigente.
Ser contribuyente de Primera Categoría, según la Ley de Impuesto a la Renta.
Si es contribuyente de IVA contar con la verificación de actividades positiva.
Tener buen comportamiento tributario.
Técnicos:
Poseer Certificado Digital.
Tener acceso a Internet.
Poseer una casilla de correo electrónico para la recepción de la información enviada por el SII.
Con lo anterior y siempre que el contribuyente haya emitido 500 facturas o menos en los últimos 12 meses y tenga ventas anuales que no superan los $300.000.000, podrá ser Facturador Electrónico del Portal Tributario MIPYME.
Para ello, sólo necesita:
Instalar el Programa gratuito de Firma Electrónica (disponible con instructivo en el sitio Web del SII).
Instalar el Programa gratuito Adobe® Acrobat® Reader® que se utiliza para las representaciones impresas de DTE.
Inscribirse en www.sii.cl, donde queda autorizado como facturador electrónico en forma inmediata.
En caso de superar la emisión de 500 facturas y los 300 millones en ventas anuales, usted puede acceder a factura electrónica adquiriendo o contratando en el mercado una aplicación que le permita facturar electrónicamente, además de realizar el proceso de certificación del SII para ser emisor electrónico, en www.sii.cl, con lo cual, el SII emite una resolución de autorización para ser facturador electrónico.
¿Cómo se realiza la declaración y pago de F29 por Internet?
Para la presentación de la Declaración de Impuestos Mensuales (F29) a través de Internet, existen dos opciones en el sitio Web del SII: Formulario Electrónico y envío de archivos. El primero, se trata de un formulario electrónico, similar al formulario en papel, que se muestra en pantalla en la opción del menú “Impuestos Mensuales” de www.sii.cl,, donde el contribuyente puede llenar y enviar la declaración vía Internet. La segunda alternativa consiste en el envío de un archivo con la declaración, el que es preparado usando un Software Autorizado por el Servicio de Impuestos Internos.
En ambos casos se valida la información de la declaración para luego proceder a pagarla. Para realizar el pago de las declaraciones presentadas a través de Internet, existen dos formas de realizarlo: Pago en Línea (PEL) o Pago por Mandato (PEC - pago electrónico de cuentas).
El “Pago en Línea”, es aquella transacción electrónica de pago realizada en línea con el Banco que el contribuyente desee, debitando directamente en la cuenta corriente del contribuyente, o bien con tarjetas de crédito. En ambos casos se acepta o rechaza en línea la declaración presentada, y se emite un certificado que confirma la aceptación o rechazo del pago.
El Pago por Mandato (PEC) consiste en realizar el pago también electrónicamente pero no en línea, mediante un mandato firmado previamente con el Banco en donde el contribuyente tiene cuenta corriente. La transacción toma 48 horas en estar completada, en el Sitio Web del SII.
¿Desde cuándo se comienza a operar con este nuevo plazo
La ampliación del plazo señalado, regirá a contar de la declaración mensual del mes de Septiembre que debe presentarse en el mes de Octubre del 2006.
Economía y Negocios Online
¿Quiénes pueden ser facturadores electrónicos?
Todo contribuyente que de cumplimiento a los siguientes requisitos:
Tributarios:
Poseer inicio de actividades vigente.
Ser contribuyente de Primera Categoría, según la Ley de Impuesto a la Renta.
Si es contribuyente de IVA contar con la verificación de actividades positiva.
Tener buen comportamiento tributario.
Técnicos:
Poseer Certificado Digital.
Tener acceso a Internet.
Poseer una casilla de correo electrónico para la recepción de la información enviada por el SII.
Con lo anterior y siempre que el contribuyente haya emitido 500 facturas o menos en los últimos 12 meses y tenga ventas anuales que no superan los $300.000.000, podrá ser Facturador Electrónico del Portal Tributario MIPYME.
Para ello, sólo necesita:
Instalar el Programa gratuito de Firma Electrónica (disponible con instructivo en el sitio Web del SII).
Instalar el Programa gratuito Adobe® Acrobat® Reader® que se utiliza para las representaciones impresas de DTE.
Inscribirse en www.sii.cl, donde queda autorizado como facturador electrónico en forma inmediata.
En caso de superar la emisión de 500 facturas y los 300 millones en ventas anuales, usted puede acceder a factura electrónica adquiriendo o contratando en el mercado una aplicación que le permita facturar electrónicamente, además de realizar el proceso de certificación del SII para ser emisor electrónico, en www.sii.cl, con lo cual, el SII emite una resolución de autorización para ser facturador electrónico.
¿Cómo se realiza la declaración y pago de F29 por Internet?
Para la presentación de la Declaración de Impuestos Mensuales (F29) a través de Internet, existen dos opciones en el sitio Web del SII: Formulario Electrónico y envío de archivos. El primero, se trata de un formulario electrónico, similar al formulario en papel, que se muestra en pantalla en la opción del menú “Impuestos Mensuales” de www.sii.cl,, donde el contribuyente puede llenar y enviar la declaración vía Internet. La segunda alternativa consiste en el envío de un archivo con la declaración, el que es preparado usando un Software Autorizado por el Servicio de Impuestos Internos.
En ambos casos se valida la información de la declaración para luego proceder a pagarla. Para realizar el pago de las declaraciones presentadas a través de Internet, existen dos formas de realizarlo: Pago en Línea (PEL) o Pago por Mandato (PEC - pago electrónico de cuentas).
El “Pago en Línea”, es aquella transacción electrónica de pago realizada en línea con el Banco que el contribuyente desee, debitando directamente en la cuenta corriente del contribuyente, o bien con tarjetas de crédito. En ambos casos se acepta o rechaza en línea la declaración presentada, y se emite un certificado que confirma la aceptación o rechazo del pago.
El Pago por Mandato (PEC) consiste en realizar el pago también electrónicamente pero no en línea, mediante un mandato firmado previamente con el Banco en donde el contribuyente tiene cuenta corriente. La transacción toma 48 horas en estar completada, en el Sitio Web del SII.
¿Desde cuándo se comienza a operar con este nuevo plazo
La ampliación del plazo señalado, regirá a contar de la declaración mensual del mes de Septiembre que debe presentarse en el mes de Octubre del 2006.
Los impuestos en Chile
30.09.2006
Economía y Negocios Online
En Chile tenemos fundamentalmente dos tipos de gravámenes: los Impuestos Directos e Indirectos.
Los Impuestos Directos son aquellos que se imponen directamente a individuos o a empresas, como los impuestos sobre la renta, entre otros.
Este grupo contrasta con los Impuestos Indirectos que se imponen sobre determinados bienes y, por lo tanto, sólo indirectamente sobre los individuos y comprenden los impuestos sobre las ventas (IVA) y los impuestos sobre la propiedad, el alcohol, cigarrillos, las importaciones y la gasolina.
Todos estos tipos de impuestos participan de distinta forma en el erario nacional. Por orden de importancia el principal es el IVA, seguido por los Impuestos a la Renta.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA), se estableció bajo el Gobierno Militar en 1974, vía Decreto Ley 825. Este gravamen es aquel que usted paga cada vez que compra desde pan en el negocio de la esquina hasta una costosa joya en un gran centro comercial.
Actualmente, la tasa es de un 19%, porcentaje que entró a regir desde el 1 de octubre de 2003.
Impuesto de Primera Categoría
Es un gravamen proporcional, que grava con un 17% las rentas provenientes del capital obtenido por las empresas, ya sea comerciales, industriales, mineras, etc., y demás personas que obtengan rentas de capital en el desarrollo de actividades productivas o de servicios.
Este impuesto normalmente se aplica sobre la base de las utilidades percibidas y, también, sobre aquellas devengadas (ganancias aún no percibidas efectivamente), como, por ejemplo, las ventas a plazo, en el momento en que una empresa declara su renta efectiva mediante contabilidad completa.
Importante, también, es el Impuesto a la Renta, un gravamen que data en Chile desde el 2 de enero de 1924 —cuando se promulgó la Ley 3.996—, donde destacan: Primera y Segunda Categoría, más un impuesto llamado Global Complementario, éste último establecido vía Decreto Ley 330 en 1925, año en que se reformó la estructura del gravamen a la renta.
El Impuesto a la Renta de Primera Categoría es proporcional, y grava con un 17% las ganancias provenientes del capital obtenido por las empresas, ya sea comerciales, industriales, mineras, etc.
El Impuesto de Segunda Categoría, es un gravamen mensual de carácter progresivo y es aquel que usted deberá pagar si es un trabajador dependiente.
El Impuesto Global Complementario, es un gravamen personal que pagan, entre otros, una vez al año todos los trabajadores independientes o con más de una renta, siempre y cuando sus ingresos anuales excedan los $4.909.896,01.
Economía y Negocios Online
En Chile tenemos fundamentalmente dos tipos de gravámenes: los Impuestos Directos e Indirectos.
Los Impuestos Directos son aquellos que se imponen directamente a individuos o a empresas, como los impuestos sobre la renta, entre otros.
Este grupo contrasta con los Impuestos Indirectos que se imponen sobre determinados bienes y, por lo tanto, sólo indirectamente sobre los individuos y comprenden los impuestos sobre las ventas (IVA) y los impuestos sobre la propiedad, el alcohol, cigarrillos, las importaciones y la gasolina.
Todos estos tipos de impuestos participan de distinta forma en el erario nacional. Por orden de importancia el principal es el IVA, seguido por los Impuestos a la Renta.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA), se estableció bajo el Gobierno Militar en 1974, vía Decreto Ley 825. Este gravamen es aquel que usted paga cada vez que compra desde pan en el negocio de la esquina hasta una costosa joya en un gran centro comercial.
Actualmente, la tasa es de un 19%, porcentaje que entró a regir desde el 1 de octubre de 2003.
Impuesto de Primera Categoría
Es un gravamen proporcional, que grava con un 17% las rentas provenientes del capital obtenido por las empresas, ya sea comerciales, industriales, mineras, etc., y demás personas que obtengan rentas de capital en el desarrollo de actividades productivas o de servicios.
Este impuesto normalmente se aplica sobre la base de las utilidades percibidas y, también, sobre aquellas devengadas (ganancias aún no percibidas efectivamente), como, por ejemplo, las ventas a plazo, en el momento en que una empresa declara su renta efectiva mediante contabilidad completa.
Importante, también, es el Impuesto a la Renta, un gravamen que data en Chile desde el 2 de enero de 1924 —cuando se promulgó la Ley 3.996—, donde destacan: Primera y Segunda Categoría, más un impuesto llamado Global Complementario, éste último establecido vía Decreto Ley 330 en 1925, año en que se reformó la estructura del gravamen a la renta.
El Impuesto a la Renta de Primera Categoría es proporcional, y grava con un 17% las ganancias provenientes del capital obtenido por las empresas, ya sea comerciales, industriales, mineras, etc.
El Impuesto de Segunda Categoría, es un gravamen mensual de carácter progresivo y es aquel que usted deberá pagar si es un trabajador dependiente.
El Impuesto Global Complementario, es un gravamen personal que pagan, entre otros, una vez al año todos los trabajadores independientes o con más de una renta, siempre y cuando sus ingresos anuales excedan los $4.909.896,01.
Pagos Provisionales Mensuales (PPM)
29.09.2006
Economía y Negocios Online
¿Qué son los pagos provisionales mensuales?
El PPM o Pago Provisional Mensual es un adelanto que las empresas realizan a cuenta de los impuestos a la renta anuales que corresponde declarar el mes de abril de cada año.
Las pymes, constituidas como empresas, están afectas al impuesto de Primera Categoría, un impuesto de tasa única del 17% el cual grava las utilidades de capital obtenidas durante el año, por lo tanto el PPM es, en el caso de las empresas, un pago mensual obligatorio a cuenta del impuesto a la renta de Primera Categoría.
¿Cuándo y cómo pago el PPM?
El PPM es un impuesto provisional sobre los ingresos brutos que debe ser pagado mensualmente, trámite que se realiza paralelamente con la declaración del IVA y las retenciones de impuestos.
El pago de este impuesto provisional mensual debe realizarse directamente en Tesorería, durante los primeros doce días de cada mes, a través del formulario 29 de Servicio de Impuestos Internos.
El monto de estos pagos provisionales se calcula en base a una fórmula que establece la Ley de Renta, considerando un porcentaje variable que se aplica a los ingresos brutos de cada mes y que es determinado anualmente. Impuestos de Primera Categoría
Están afectos al impuesto de Primera Categoría las empresas y demás personas que obtengan rentas de capital en el desarrollo de actividades productivas o de servicios.
La ley presenta una larga lista de actividades sujetas a este impuesto, tales como las financieras, industriales, comerciantes, explotación de las riquezas del mar; mineras, entre otros.
Pero no sólo los contribuyentes del impuesto de Primera Categoría deben realizar pagos provisionales. La Ley sobre Impuesto a la Renta establece que también los contribuyentes de Segunda Categoría tienen la obligación de efectuar pagos provisionales de manera mensual a cuenta de los impuestos anuales que les corresponde pagar.
En el caso de las empresas que recién están partiendo, el monto de estos pagos equivale al 1% de los ingresos obtenidos.
Pagos voluntarios
Además de pagar obligatoriamente los PPM, usted puede efectuar pagos provisionales voluntarios por cualquier cantidad, ya sea de manera esporádica o permanente, durante cualquier día hábil del mes en Tesorería.
¿Qué pasa si mi empresa tiene pérdidas?
En el caso de que la empresa tuviera pérdidas en un año comercial, podrá suspender los pagos provisionales correspondientes a los ingresos brutos del primer trimestre del año comercial siguiente.
Si las pérdidas continúan, podrá solicitar que se le suspendan nuevamente los pagos, pero apenas se produzca alguna utilidad en algún trimestre, deben reanudarse los PPM correspondientes a los ingresos brutos del trimestre inmediatamente siguiente.
Tenga en cuenta que si pretende suspender los PPM debe poner a disposición del SII un estado de pérdidas y ganancias acumuladas.
Economía y Negocios Online
¿Qué son los pagos provisionales mensuales?
El PPM o Pago Provisional Mensual es un adelanto que las empresas realizan a cuenta de los impuestos a la renta anuales que corresponde declarar el mes de abril de cada año.
Las pymes, constituidas como empresas, están afectas al impuesto de Primera Categoría, un impuesto de tasa única del 17% el cual grava las utilidades de capital obtenidas durante el año, por lo tanto el PPM es, en el caso de las empresas, un pago mensual obligatorio a cuenta del impuesto a la renta de Primera Categoría.
¿Cuándo y cómo pago el PPM?
El PPM es un impuesto provisional sobre los ingresos brutos que debe ser pagado mensualmente, trámite que se realiza paralelamente con la declaración del IVA y las retenciones de impuestos.
El pago de este impuesto provisional mensual debe realizarse directamente en Tesorería, durante los primeros doce días de cada mes, a través del formulario 29 de Servicio de Impuestos Internos.
El monto de estos pagos provisionales se calcula en base a una fórmula que establece la Ley de Renta, considerando un porcentaje variable que se aplica a los ingresos brutos de cada mes y que es determinado anualmente. Impuestos de Primera Categoría
Están afectos al impuesto de Primera Categoría las empresas y demás personas que obtengan rentas de capital en el desarrollo de actividades productivas o de servicios.
La ley presenta una larga lista de actividades sujetas a este impuesto, tales como las financieras, industriales, comerciantes, explotación de las riquezas del mar; mineras, entre otros.
Pero no sólo los contribuyentes del impuesto de Primera Categoría deben realizar pagos provisionales. La Ley sobre Impuesto a la Renta establece que también los contribuyentes de Segunda Categoría tienen la obligación de efectuar pagos provisionales de manera mensual a cuenta de los impuestos anuales que les corresponde pagar.
En el caso de las empresas que recién están partiendo, el monto de estos pagos equivale al 1% de los ingresos obtenidos.
Pagos voluntarios
Además de pagar obligatoriamente los PPM, usted puede efectuar pagos provisionales voluntarios por cualquier cantidad, ya sea de manera esporádica o permanente, durante cualquier día hábil del mes en Tesorería.
¿Qué pasa si mi empresa tiene pérdidas?
En el caso de que la empresa tuviera pérdidas en un año comercial, podrá suspender los pagos provisionales correspondientes a los ingresos brutos del primer trimestre del año comercial siguiente.
Si las pérdidas continúan, podrá solicitar que se le suspendan nuevamente los pagos, pero apenas se produzca alguna utilidad en algún trimestre, deben reanudarse los PPM correspondientes a los ingresos brutos del trimestre inmediatamente siguiente.
Tenga en cuenta que si pretende suspender los PPM debe poner a disposición del SII un estado de pérdidas y ganancias acumuladas.
lunes, 8 de enero de 2007
Bienes 91
Comuna: Providencia
Calle: llewellyn Jones
Superficie: 43m2
Piso: 1
Precio: 23,500,000.-
Gs.Cs: 30,000
Arriendo actual: 150,000.-
7.6%
aun vive gente, sin foto, sin estacionamiento, bodega chica, no entra luz, cocina americana espacio suficiente para 1-2 persona, se puede poner lavadora al lado de cocina, cocina limpia buena, sala de estar suficiente para 1-2 persona, un dorm muy chico frente de baño, baño con tina chica, otro dorm un poco más grande, igual chico. se va conserje 18hrs, sitofono fuera de función, departamento atractivo.
Calle: llewellyn Jones
Superficie: 43m2
Piso: 1
Precio: 23,500,000.-
Gs.Cs: 30,000
Arriendo actual: 150,000.-
7.6%
aun vive gente, sin foto, sin estacionamiento, bodega chica, no entra luz, cocina americana espacio suficiente para 1-2 persona, se puede poner lavadora al lado de cocina, cocina limpia buena, sala de estar suficiente para 1-2 persona, un dorm muy chico frente de baño, baño con tina chica, otro dorm un poco más grande, igual chico. se va conserje 18hrs, sitofono fuera de función, departamento atractivo.
Bienes 92
jueves, 4 de enero de 2007
Bienes 93
Bienes 95 & 94
地区: Providencia
住所: Pedro de Valdivia, al lado HTL Neruda
広さ: 30m2
Piso: 11階
値段: 30,000,000.- (家具付) 27,000,000.- (家具無し)
共益費: 35,000 (暖房、お湯含む)
予想家賃: 180,000.-
7%
Pequeno lindo, para apart Htl, kitchenette (super pequeno), frigo bar, el dueno tiene 2 hab conectada con la puerta. constribuciones 6,000/3meces
miércoles, 3 de enero de 2007
Bienes 96
Comuna: Providencia
Calle: Arriba M. Tobalaba
Superficie: 100m2
Piso: 3
Precio: 40,000,000.-
Gs.Cs: ?
Arriendo actual: 200,000.-?
6%
1 sala de estar, 3 dormitorios(uno chico), una ducha(está puesto lavadora), otra ducha principal con tina no tan grande, una bodega, terraza.
Buena hubicación, abajo hay metro y supermercado al lado. Aún vive gente y había mucha cosa, por lo tanto da impreción de ser muy pequeño.
Ambiente no me gustó.
Calle: Arriba M. Tobalaba
Superficie: 100m2
Piso: 3
Precio: 40,000,000.-
Gs.Cs: ?
Arriendo actual: 200,000.-?
6%
1 sala de estar, 3 dormitorios(uno chico), una ducha(está puesto lavadora), otra ducha principal con tina no tan grande, una bodega, terraza.
Buena hubicación, abajo hay metro y supermercado al lado. Aún vive gente y había mucha cosa, por lo tanto da impreción de ser muy pequeño.
Ambiente no me gustó.
martes, 2 de enero de 2007
Bienes 97
Comuna: Providencia
Calle: Holanda
Superficie: 100m2
Piso: 2
Precio: 58,000,000.-
Gs.Cs: 65,000.-
Arriendo actual ?
Grande, pero viejo. Una sala de estar grande, con terraza mediana, una habitacion(sotano?), bano con sólo ducha(pequeña), cocina grande, c/lóggia, 2 dormitorios, baño normal con tina,
Quién arrendará este departamento tan viejo y carisimo?
Desde hace unos 2 meces está vacío.
Calle: Holanda
Superficie: 100m2
Piso: 2
Precio: 58,000,000.-
Gs.Cs: 65,000.-
Arriendo actual ?
Grande, pero viejo. Una sala de estar grande, con terraza mediana, una habitacion(sotano?), bano con sólo ducha(pequeña), cocina grande, c/lóggia, 2 dormitorios, baño normal con tina,
Quién arrendará este departamento tan viejo y carisimo?
Desde hace unos 2 meces está vacío.
Bienes 98
Comuna: Providencia
Calle: Lota (M. Leones al lado)
Superficie: 40m2
Piso: 8(ocupado por usar como aparto hotel, he visto mismo tamaño 5º)
Precio: 33,000,000
Gs.Cs: 45,000.-
Arriendo actual 200,000 - 250,000
7%
Excelente, edificio tiene 15años, pequeña terraza, s/lóggia, lavandería??, abajo inmoviliaria algunas habitaciones funciona como aparto hotel, 1 sala de estar chiquitita, pero bonita. cocina tiene espacio suficiente para 1 o 2 personas, dormitorio pequeño, cabe 1 cama doble, baño con tina pequeña, pero suficiente. ideal una persona o pareja joven sin hijo.
hubicación excelente, cerca de metro, supermercado. c/estacionamiento, Gs.Cs. incluye agua.
Constribuciones 40,000/3meces = 120,000/año (Qué pasa con DFL-2??)
Calle: Lota (M. Leones al lado)
Superficie: 40m2
Piso: 8(ocupado por usar como aparto hotel, he visto mismo tamaño 5º)
Precio: 33,000,000
Gs.Cs: 45,000.-
Arriendo actual 200,000 - 250,000
7%
Excelente, edificio tiene 15años, pequeña terraza, s/lóggia, lavandería??, abajo inmoviliaria algunas habitaciones funciona como aparto hotel, 1 sala de estar chiquitita, pero bonita. cocina tiene espacio suficiente para 1 o 2 personas, dormitorio pequeño, cabe 1 cama doble, baño con tina pequeña, pero suficiente. ideal una persona o pareja joven sin hijo.
hubicación excelente, cerca de metro, supermercado. c/estacionamiento, Gs.Cs. incluye agua.
Constribuciones 40,000/3meces = 120,000/año (Qué pasa con DFL-2??)
Bienes 99
Comuna: Centro(Cerca M. Baquedano)
Calle: Ramón Carnicer(lado parque forestal)
Superficie: 48m2
Piso: 5
Precio: 18,000,000.-
Gs.Cs: 19,000.-
Arriendo actual ?
Cerca universidad, pero no vive estudiante??(según corredor), 1 sala de estar más o menos grande viejo, 1 dormitorio alfonbrado viejo. baño con tina medio roto, sucio y viejo. cocina super pequeño, no cabe nada, oscuro viejo.
Sin lóggia ni lavandería.
Edificio antiguo, pacillo tiene buen ambiente, escalera caracol me gustó.
Si fuera estudiante está O.K. Tiene ambiente artistico.
Muy viejo
Calle: Ramón Carnicer(lado parque forestal)
Superficie: 48m2
Piso: 5
Precio: 18,000,000.-
Gs.Cs: 19,000.-
Arriendo actual ?
Cerca universidad, pero no vive estudiante??(según corredor), 1 sala de estar más o menos grande viejo, 1 dormitorio alfonbrado viejo. baño con tina medio roto, sucio y viejo. cocina super pequeño, no cabe nada, oscuro viejo.
Sin lóggia ni lavandería.
Edificio antiguo, pacillo tiene buen ambiente, escalera caracol me gustó.
Si fuera estudiante está O.K. Tiene ambiente artistico.
Muy viejo
Bienes 100
Comuna: Centro
Calle: San Antonio
Superficie: 50m2
Piso: 8
Precio: 16,000,000.-
Gs.Cs: 20,000.-
Arriendo actual 110,000.-
8%
calle inseguro, edificio mucha gente(hay banco), acutualmente está arrendada para una empresa de contabilidad, viejo, 2 hab, con tina, sin lóggia ni lavandería, cocina pequeña
Calle: San Antonio
Superficie: 50m2
Piso: 8
Precio: 16,000,000.-
Gs.Cs: 20,000.-
Arriendo actual 110,000.-
8%
calle inseguro, edificio mucha gente(hay banco), acutualmente está arrendada para una empresa de contabilidad, viejo, 2 hab, con tina, sin lóggia ni lavandería, cocina pequeña
Suscribirse a:
Entradas (Atom)